La Barra y la Universidad Judicial. Por Rodrigo Noriega*


El legendario examen de la Barra para recibir la autorización para practicar la abogacía en los Estados Unidos corresponde a una realidad muy distinta a la nuestra. En Estados Unidos las Facultades de Derecho pueden enseñar las materias que quieran siguiendo las doctrinas políticas o filosóficas más diversas. En Panamá, las Facultades de Derecho públicas y privadas solo pueden seguir el programa de estudios de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Panamá.
En Estados Unidos existen 53 jurisdicciones distintas: 50 estados, cada uno con sus propios códigos y tribunales; la jurisdicción federal, la jurisdicción militar y la jurisdicción de Puerto Rico. Además, existen dentro de la jurisdicción federal áreas sumamente especializadas que cuentan con su propia barra, como lo son: migración, patentes y propiedad intelectual o impuestos, por solo mencionar algunas. En un sistema tan plural, no es raro entonces que un estudiante de Harvard, después de pasar tres años estudiando, y pagando más de 180 mil dólares por su carrera completa, fracase en el examen de la Barra del estado de Nueva York, ya que lo que enseñan las facultades de derecho no necesariamente es lo que viene en el examen de la Barra. En el país del norte casi todos los estudiantes que aspiran a realizar con éxito el llamado “ Bar Exam” tienen que tomar un costoso curso de varias semanas de duración, y pagar el derecho para hacer el examen. Era muy común que un importante número de estudiantes fracasara el examen y lo tuvieran que retomar posteriormente. Este examen lo aplica cada estado. Los estudiantes que lo aprueban exitosamente, reciben su membresía en la Asociación de Abogados del respectivo estado en el que presentaron su examen. Es decir, que la colegiación es obligatoria para los abogados en los Estados Unidos.
Establecer un examen de Barra en Panamá es una forma disimulada de introducir la colegiación obligatoria y de generar cientos de miles de dólares en ingresos para quienes dicten cursos de actualización en las distintas materias del derecho.
El Colegio Nacional de Abogados fue una institución sumamente importante en la época de la dictadura militar, ayudó enormemente a fortalecer los espacios de las libertades públicas en esos momentos. Actualmente representa al 10% de los abogados, aunque en la lista de inscritos puede haber un 30% de todos los abogados panameños. Si se hace el debate de la colegiación obligatoria, entonces esto tendría que ser establecido en la Constitución y afectaría no solo a los abogados, sino también a periodistas, a profesores, administradores, publicistas, historiadores, y cualquier otra profesión liberal, que tendría obligatoriamente que formar parte de un gremio.
El énfasis que hace el anteproyecto de Ley, en que quienes somos abogados en ejercicio tomemos cursos de ética periódicamente es loable pero inútil. Si los cursos de ética fueran suficientes para conseguir honestidad en el trabajo, el Banco del Vaticano sería un "dichado" de integridad y transparencia, y no el antro de lavado de dinero y evasión fiscal que es en la realidad. Para promover un comportamiento ético en la gente, funciona más la certeza del castigo, que el más completo curso de ética forense.
Actualmente el Órgano Judicial está desbordado. El 70% de los jueces son interinos. La escuela judicial solo es reconocida académicamente por el propio Estado panameño. Es obvio que las universidades tendrían que articular la mejor formación de sus estudiantes. Las universidades son mejores instrumentos para esto que la Escuela Judicial. Incluso, las universidades son mejores dictando cursos que el Colegio Nacional de Abogados. Por cierto, es claro que una parte importante de los instructores de los cursos de la Escuela Judicial y del Colegio Nacional de Abogados provienen de las universidades.
En esta materia, la solución es más simple que lo que parece.
Al concluir sus estudios académicos, todos los licenciados en Derecho deberán hacer un examen de suficiencia académica. Este examen sería aplicado por las propias universidades y seguiría un modelo común. Con lo avanzado de la tecnología educativa en estos días, se podría imaginar un examen de unas 200 preguntas de escoger la mejor respuesta, y unas 20 preguntas de desarrollo. Un software corregiría automáticamente las preguntas de escoger las mejores respuestas, y en forma anónima las preguntas de desarrollo serían calificadas por un panel mixto de abogados independientes, académicos y funcionarios judiciales. Nadie sabría la identidad del autor del examen, ya que esos datos estarían recogidos en un libro de registro guardado en una caja fuerte del Banco Nacional. El examen se califica primero, y cuando tiene su puntaje se buscaría en el Banco Nacional el código correspondiente a los autores.
Un examen así no resuelve todos los problemas. Pero les deja a las universidades la responsabilidad de formar correctamente a sus graduados. Imagínese que se publique que el 90% de los estudiantes de la universidad (X) pasaron el examen, mientras que el 50% de la universidad (Y) también aprobaron. Esto le daría mucha transparencia y rendición de cuentas a las universidades del país. No sé si produciría mejores abogados, pero al menos certificaría que aprendieron lo que el currículum, de casi 60 años, de la Universidad de Panamá ha establecido.
Respecto a la idea de una Universidad Judicial es caer en lo mismo. El Órgano Judicial necesita focalizar sus recursos en administrar justicia, no en administrar cursos y exámenes. De necesitar cursos de mayor nivel a los que imparte la Escuela Judicial en la actualidad, el Órgano Judicial debería contratar a las universidades para tales fines. Una Universidad Judicial no le adiciona valor académico al país como sí lo hace una universidad agropecuaria, o una universidad pedagógica, por solo mencionar dos ejemplos.
Los abogados en ejercicio en Panamá necesitamos con urgencia una nueva ley de ejercicio de la profesión que sancione severamente con multas, penas de prisión y la cancelación de la idoneidad para el ejercicio de la profesión, a quienes incurran en conductas como apropiarse del dinero de los clientes, falsificar documentos, facilitar el lavado de dinero, o la comisión de ilícitos de toda naturaleza: desde llevarle droga a un cliente en la cárcel hasta corromper a un funcionario público con una coima. Allí está la clave para empezar a limpiar nuestras calles de lo que una amiga y colega llamó: los "abogánsters".
*blogs del autor http://www.prensa.com/blogoterapia/

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